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Órdenes de Restricción

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Varios Tipos de Órdenes de Restricción Civiles (No Penales)

Una orden de restricción (también llamada “orden de protección”) es una orden de la corte que puede proteger a alguien contra el maltrato, amenaza, acecho u acoso físico o sexual.

Existen varios tipos de órdenes de restricción civiles (no penales). Cada tipo está basado en diferentes requisitos así que lea este resumen detenidamente para ver qué tipo de orden quiere pedir.

Puede obtener todos los formularios gratis de la Oficina del Secretario de la Corte en Ukiah o Fort Bragg, y del Centro de Ayuda los lunes, martes y jueves de 9:00 am a 12:00pm y 1:00pm a 4:00 pm.

Los tipos principales de órdenes de restricción son:

  • Violencia doméstica o en el hogar
  • Acoso Civil
  • Maltrato de ancianos o adultos dependientes
  • Violencia en el trabajo

Orden de Restricción de Violencia en el Hogar

Puede pedir una orden de restricción de violencia en el hogar si:

  • Alguien lo maltrató; y
  • Tiene una relación cercana con esa persona:
    • está casado o forma una pareja de hecho registrada,
    • diforced or separated,
    • están divorciados o separados,
    • salen o salieron juntos,
    • son novios o fueron novios,
    • viven juntos o vivieron juntos, pero son más que simples compañeros de cuarto, o
    • si tiene un parentesco cercano (padre, hijo, hermano, hermana, abuela, abuelo, suegra/o, yerno, nuera).
Haga clic para obtener más información sobre la violencia en el hogar.

Orden de Restricción de Acoso Civil

Si es acosado, acechado, maltratado o amenazado por alguien que no está tan cerca suyo como para que constituya un caso de violencia en el hogar, como por ejemplo un compañero de cuarto, un vecino o familiares más distantes, como primos, tías o tíos, o sobrinas o sobrinas, puede pedir una orden de restricción de acoso civil.

Haga clic para obtener más información sobre el acoso civil.

Orden de Restricción de Maltrato de Ancianos o Adultos Dependientes

Puede pedir una orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes si:

  • You are 65 or older, OR
  • You are between 18 and 64 and have certain mental or physical disabilities that keep you from being able to do normal activities or protect yourself;

Y

  • Ha sido víctima de
    • Maltrato físico o económico;
    • Descuido o abandono;
    • Tratamiento que lo lesionó física o mentalmente; o
    • Privación por parte de un cuidador de las cosas o servicios básicos que necesita para no sufrir física, mental o emocionalmente.
Haga clic aquí para obtener más información sobre el maltrato de ancianos o adults dependientes.

Orden de Restricción de Violencia en el Trabajo

Puede pedir una orden de restricción de violencia en el trabajo si:

  • Es un empleador, y
  • Solicita una orden de restricción para proteger a un empleado que fue víctima de acecho, maltrato severo, violencia o una amenaza creíble (real) de violencia en el lugar de trabajo.

Un empleado NO PUEDE pedir una orden de restricción de violencia en el trabajo. Si el empleado se quiere proteger, puede solicitar una orden de restricción de acoso civil (o una orden de restricción de violencia en el hogar, si la persona que cometió el maltrato es su pareja/cónyuge o ex pareja/cónyuge o pariente cercano).

Haga clic para obtener más información sobre la violencia en el trabajo.

Proceso de la Corte

Necesitará diferentes formularios, dependiendo de qué tipo de orden de restricción necesite. En todos los casos, tendrá que describir lo que ocurrió y por qué necesita la orden de restricción. Tendrá que ser específico, y proporcionar fechas y detalles sobre lo que hizo la persona de la que necesita protección. Haga también copias de cualquier prueba que tenga, como informes de policía, fotos, u otras pruebas que tenga.

En general, los pasos a seguir en la corte son:
  1. Pida al Secretario de la corte en la sala 107 una audiencia ex parte. Tendrá que notificar a la otra persona, antes de las 10 de la mañana del día antes de su corte, que tiene que ir a la corte. Es posible que no tenga que hacer esto en situaciones limitadas, pero necesitará una muy buena razón.
  2. Tendrá que entregarle al Secretario en la Sala 107 todos sus formularios antes de las 11 de la mañana del día de su audiencia.
  3. En la audiencia ex parte, un juez leerá sus papeles y decidirá si le va a dar una orden de restricción temporal. También recibirá una fecha para la siguiente audiencia, dentro de unos 21 días, y tendrá que presentar todos sus formularios formalmente para que se los sellen.
  4. Al menos 5 días antes de su audiencia, alguien de al menos 18 años tendrá que darle a la otra persona una copia de todos sus papeles. Esto se llama entrega legal. Puede pedirle a la Oficina del Sheriff que se lo haga gratis. La Oficina del Sheriff están en 589A Low Gap Road, Ukiah, CA 95482.
  5. Tiene que ir a su audiencia para pedir una orden de restricción permanente, que se puede ordenar por hasta 5 años.

Ayuda Legal

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Para Órdenes de Restricción por Violencia Doméstica

Si necesita ayuda con una orden de restricción por violencia doméstica o violencia en el hogar, o una orden contra alguien que lo agredió sexualmente, o si necesita albergue de emergencia, consejería, o alguien que le acompañe a la corte, contacte al Proyecto Santuario:

Oficina del interior del condado Oficina del costa del condado
564 South Dora Street
Ukiah, CA 95482
(707) 462-9196
461 North Franklin Street
Fort Bragg, CA 95437
(707) 961-1507

El Centro de ayuda legal también puede ayudarle con órdenes de restricción. Pero, no podemos acompañarle a la corte ni ofrecerle los diferentes servicios que proporciona el Proyecto Santuario.

Si necesita una orden de protección de emergencia, y el Proyecto Santuario o el Centro de ayuda legal están cerrados, llame a la policía y pida una Orden de Protección de Emergencia (EPO, por sus siglas en inglés). Una EPO dura entre 5 y 7 días, para darle suficiente tiempo de ir a la corte a pedir una Orden de Restricción Temporal.

Haga clic para obtener más información sobre la violencia en el hogar y las órdenes de restricción

Para Órdenes de Restricción por Acoso Civil, Maltrato de Ancianos o Adultos Dependientes, o Violencia en el Trabajo

El Centro de ayuda puede ayudarle con este tipo de órdenes de restricción. Recuerde que aunque podemos ayudarle con los formularios y con el proceso de la corte, no podemos acompañarlo en la corte.

Si quiere ayuda del Centro de ayuda traiga tanta información como tenga del la persona de la que quiere protección. Por ejemplo, si puede, traiga el nombre y apellido, descripción física, marca, modelo y matrícula de su carro, edad y fecha de nacimiento.

Haga clic para obtener más información sobre todos estos tipos de órdenes de restricción.

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