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Custodia de los hijos y tiempo de crianza (visitas)

Cuando los padres se separan, tienen que tomar decisiones sobre la custodia de sus hijos y el tiempo de crianza (también llamado "tiempo compartido" o "visitas").

Si no puede llegar a un acuerdo con el otro padre sobre un plan de crianza, generalmente uno de ustedes tiene que pedirle a la corte que emita una orden. Vea nuestro video de orientación sobre la custodia y tiempo de crianza. También puede escuchar una entrevista con nuestro Centro de ayuda sobre la custodia y manutención de los hijos cuando los padres se separan.

Plan de crianza y recursos

Los planes de crianza pueden variar dependiendo de lo que sea en el mejor interés de su hijo y de lo que acuerden ustedes, como sus padres.

Cuando le pide al juez que haga órdenes sobre la custodia y visita de sus hijos, tendrá que decidir qué es lo que quiere pedir.

La custodia de los hijos consiste de la custodia legal y la custodia física. La custodia legal se refiere a quien toma las decisiones legales en la vida de los hijos, como su educación, atención médica, y el bienestar de los hijos.

La custodia física se refiere a dónde, con qué padre, vive el niño la mayoría del tiempo. El padre que no tenga la custodia física puede tener tiempo de crianza o visitas con su hijo.

La custodia legal puede ser compartida (conjunta). O puede ser para un padre o el otro como custodia exclusiva. Lo mismo ocurre con la custodia física.  La visita o tiempo de crianza puede ser razonable, con un horario específico, supervisada, o puede denegada por completo.

Una buena manera de aprender sobre lo que debería contener su plan de crianza es consultar los formularios de la corte para la custodia y las visitas. Aquí le ofrecemos los dos principales:

Otro gran recurso es Las familias cambian: una guía para la separación y el divorcio. Es una guía en línea con 3 versiones: una para padres, otra para niños y otra para adolescentes y preadolescentes. Consulte también el curso de Crianza de los niños después de la separación.

Cómo obtener o cambiar una Orden de custodia/visitas

Si usted y el otro padre de su hijo no pueden estar de acuerdo con un plan de crianza o necesitan ayuda de la corte, uno de ustedes tendrá que presentar documentos en la corte para solicitar una fecha de audiencia y asistir a la mediación con Servicios de la corte de familia. Vea nuestro video sobre cómo obtener una orden de custodia y visita de los hijos.

Para solicitar una fecha de audiencia, debe tener un caso existente con el otro padre de sus hijos o comenzar un nuevo caso al mismo tiempo. El tipo de caso que debe tener o comenzar puede ser:  

  • Divorcio o separación legal
  • Filiación (Paternidad)
  • Petición de custodia y manutención de hijos menores de edad
  • Orden de restricción por violencia en el hogar

Si necesita iniciar un caso

Si está seguro de que necesita iniciar un caso:

Si no tiene ninguno de estos casos y necesita ayuda, o si no está seguro, comuníquese con el Centro de ayuda.  También podemos darle guías sobre los pasos a seguir y revisar sus formularios antes de que los presente.

Si ya tiene un caso

Una vez que tenga un caso abierto y desee obtener su primera orden de custodia y visitas o desee cambiar una orden existente, necesitará:

Solicitud de orden (FL-300) (en español). Puede utilizar la Hoja de información para la Solicitud de orden (FL-300-INFO-S) para obtener información. 

  • También puede llenar el Adjunto: Solicitud de custodia de los hijos y visitación (horario de crianza) (FL-311) (en español). Es un formulario opcional (no tiene que usarlo), pero puede resultarle útil para asegurarse de no dejar nada fuera de su solicitud.
  • Si tiene un plan de crianza o una propuesta para las órdenes de custodia y visitación que le gustaría que hiciera el juez, adjúntelo también.

  • Si no puede pagar la cuota de presentación, solicite una exención de cuotas mediante los formularios FW-001 (en español) y FW-003 (en español).

Puede usar un programa en línea que le ayudará a llenar la Solicitud de Orden y los formularios relacionados. Este programa también le permite presentar sus formularios electrónicamente (en línea, llamado e-filing en inglés). Fíjese en la advertencia en rojo para acceder al programa en español.

Guide & File - Solicitud de Orden

Una vez que llene el formulario FL-300 y cualquier adjunto, hay más pasos que deberá seguir.

Use nuestra Hoja informativa sobre la Solicitud de orden para ver los pasos a seguir, formularios, y más. O comuníquese con el Centro de ayuda para recibir ayuda.

Mediación de custodia de los hijos

Cuando le pida al juez que emita una orden sobre la custodia y el tiempo de crianza, es probable que el juez lo remita primero a la mediación en el Departamento de Servicios de la corte de familia. Es un servicio gratuito y es proporcionado por un mediador, un profesional de salud mental que tiene educación y experiencia con familias, niños y problemas de custodia.

  • Aprenda sobre el proceso de mediación de custodia de los hijos, lea la Hoja informativa sobre la custodia de los hijos - Mediación de custodia de los hijos (FL-314-INFO).

En casos de violencia en el hogar, puede solicitar reunirse por separado con el mediador. También puede traer a una persona de apoyo con usted. Haga clic para aprender más acerca de la ley sobre la custodia de los hijos en casos de violencia en el hogar.

Solicitudes de orden de custodia temporal de emergencia

Primero, tenga en cuenta que la ley is muy estricta en cuanto a qué se considera una emergencia. Bajo el Código de Familia sección 3064 (en inglés), el padre que pide la orden de emergencia tiene que demostrar daño inmediato a su hijo o el riesgo inmediato que el otro padre se va a llevar al niño fuera de  California. Lea la ley con cuidado para ver qué se considera daño inmediato. 

El Tribunal Superior de Mendocino también tiene reglas locales (en inglés) que TIENE que seguir. Vea la Regla 4.7.  en particular. Le explica que si está haciendo una solicitud de emergencia (también llamada ex parte), su declaración o la de cualquier testigo que quiera incluir TIENE QUE:

  • Estar basada en su conocimiento personal, o el de su testigo si se basa en una declaración escrita de un testigo. El juez puede decidir que no va a tomar en cuenta una declaración que esté basada en información o testimonio de oídas. 
  • Describir específicamente las fechas de lo que ocurrió, detalles de los hechos (y no opiniones) e información específica sobre el daño que ha sufrido o podría sufrir su hijo. Esto significa que necesita más que sus conclusiones, sentimientos, deseos o miedos.
  • Incluir todos los hechos que puedan ser pertinentes.
  • Decir si la solicitud que está presentando va resultar en un cambio de lo que han estado haciendo ustedes en cuando a custodia y visita de su hijo. 

Use nuestra Hoja informativa sobre las órdenes de custodia temporal de emergencia para ver los pasos a seguir, formularios, y más. Esta hoja también tiene instrucciones para el otro padre si quiere responder a una solicitud de orden de emergencia.

Cómo responder a una solicitud de órdenes de emergencia

Si el otro padre de su hijo le ha mandado papeles por email, mensaje de texto, o en persona, diciendo que van a pedir una orden de custodia de emergencia, tiene que actual de inmediato si quiere responder. Tiene muy poco tiempo para hacerlo.

Use nuestra Hoja informativa sobre las órdenes de custodia temporal de emergenciaque tiene instrucciones para responder en la página 2. También include los requisitos que tiene que cumplir el otro padre. Si usted piensa que el otro padre no ha cumplido con ellos, o con la ley, puede explicarlo en su respuesta.

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