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Comparecencias remotas ante la corte

“Remote appearances” refer to appearances for a court hearing made by telephone or by video by a party, defendant, attorney, witness, victim, or others (social workers, tribal representatives, CASA, other experts.)  

The court uses Zoom to facilitate court appearances.  See below for connection information, including meeting numbers and passcodes.

Connection Information

General Requirements and Instructions for Remote Apperances

Participants in the video hearing must participate with the same degree of courtesy, decorum, use of appropriate language, and courtroom etiquette as required for an in person appearance.  If appearing by video, participants must dress appropriately in the same manner as they would for an in person court appearance.

Participants must ensure that they have sufficient battery power for the entire hearing.  Access to charging equipment is recommended.  Parties must also ensure that they have access to sufficiently strong internet connection for the duration of the hearing.  If appearing by phone, a land line is preferred but if using a cellular phone, the cellular connection must be strong enough to enable the court and other parties to hear the entire duration of the call.

Parties must eliminate ambient or distracting noises and, if appearing by video, ensure consistent lighting during the hearing.

Participants must connect to the court session at least five (5) minutes before the scheduled court appearance.

Participants must mute their device and not speak until it is clear that it is their turn to speak or their case is called.

Participants must speak directly into the microphone on the device used to connect to the court session.  Participants must speak slowly, avoid interrupting others, and identify themselves each time they speak.

Existing rules and procedures regarding the making of the record via court reporter or electronic device, or for obtaining a transcript after the hearing, apply to remote appearances.  Participants may not record or broadcast the remote appearance except in compliance with California Rules of Court rule 1.150.  A violation of this local rule may result in the imposition of sanctions set forth in California Rules of Court rule 1.150(f).

Any exhibits that the parties wish to offer must be e-filed two business days before the hearing.  Self-represented litigants who are not e-filing their documents must file exhibits with the clerk’s office the day before the hearing.

Comparecencias remotas que requieren aprobación judicial

Las comparecencias remotas de los acusados penales deben ser aprobadas antes de la fecha de la audiencia por el juez. Los imputados penales que deseen solicitar una comparecencia remota deberán presentar el formulario local MCR-115 Request and Order for Remote Appearancea la Administración del Tribunal en la Sala 303 del Palacio de Justicia de Ukiah o envíe el formulario por correo electrónico a court.administration@mendocino.courts.ca.gov a más tardar al mediodía dos (2) días hábiles antes de la audiencia. Proporcione una dirección de correo electrónico o un número de teléfono celular en su solicitud. El tribunal le notificará por correo electrónico o teléfono celular si su solicitud ha sido concedida. Si no recibe una confirmación, debe asistir personalmente a la audiencia.

Remote Appearances on Civil, Family Law, Probate Cases

Parties in a civil, family law, probate, or other non-criminal matter that wish to appear remotely must complete and file the mandatory Judicial Council form Notice of Remote Appearance RA-010 and the Judicial Council form Order Regarding Remote Appearance RA-020 with the court.  These forms must be served on all parties in the proceedings.  If any party opposes a remote appearance, they must complete and file Judicial Council Form Opposition to Remote Proceedings at Evidentiary Hearing or Trial RA-015 and file it with the court.  This form must also be served on all parties in the proceedings.  Information concerning filing deadlines can be found on the last page of each document.

Pautas para las comparecencias remotas en la corte

Las "comparecencias remotas" se refieren a las comparecencias para una audiencia en la corte hechas por teléfono o por video por una parte, un demandado, un abogado, un testigo, una víctima u otros (trabajadores sociales, representantes tribales, defensores especiales designados por la corte [CASA, por sus siglas en inglés], otros expertos).  

Las comparecencias por teléfono requieren suficiente conectividad y una ubicación interior con ruido de fondo y distracción limitados. Es responsabilidad exclusiva de la parte que comparezca por teléfono asegurarse de que se cumplan los criterios anteriores. La corte puede aplazar la audiencia y requerir una comparecencia en persona si no es posible una comunicación clara por teléfono o si hay una distracción o perturbación que interfiere con la audiencia.

Las comparecencias por video requieren suficiente velocidad de Internet y conectividad para transmitir video, un dispositivo capaz de capturar y mostrar una transmisión de audio y visual clara, así como una ubicación interior con ruido de fondo y distracción limitados. Es responsabilidad exclusiva de la parte que comparezca por video asegurarse de que se cumplan los criterios anteriores. La corte puede aplazar la audiencia y requerir una comparecencia en persona si no es posible una comunicación clara por video o si hay una distracción o perturbación que interfiere con la audiencia.

Nada limita la capacidad de la corte para ordenar una comparecencia en persona en lugar de una comparecencia por teléfono o video.

La corte conserva plena discreción para concluir la comparecencia por video o teléfono por moción propia y reprogramar la audiencia para otra fecha y hora debido a demoras u otra preocupación a causa de interrupciones, ruido, mala conducta, un problema de comunicación, un problema técnico, otro problema o en interés de la justicia.

Con la excepción de las audiencias de larga duración, algunos juicios de primera instancia y con jurado, la mayoría de los actos procesales de la corte se pueden realizar de forma remota.  Consulte a continuación las comparecencias remotas que deben ser aprobadas con anterioridad por un juez. 

Necesitará un teléfono fijo (de preferencia) o celular con una buena conexión y una ubicación tranquila sin ruido de fondo.  Cuando no esté hablando, silencie su teléfono.  Recuerde hablar lenta y claramente, ya que su voz se escuchará a través de un altavoz en la sala de la corte. 

Necesitará UNA DE LAS OPCIONES siguientes:

  • Una computadora equipada con un micrófono y una cámara (Apple o PC).
  • Tableta (Apple o Android)
  • Un teléfono inteligente (sólo si una computadora o una tableta no están disponibles)

Se recomienda el uso de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome 47 o subsiguiente, tanto en dispositivos Windows como Apple.
  • Mozilla Firefox 52 o subsiguiente, tanto en dispositivos Windows como Apple.
  • Microsoft Edge 83 o subsiguiente, en dispositivos Windows.
  • Apple Safari 12.2 o subsiguiente, en dispositivos Apple.

No utilice Internet Explorer

 

para una mejor conexión a Internet, use una conexión por cable con su computadora y conecte su tableta a Wi-Fi. La corte no recomienda el uso de un teléfono inteligente ni datos celulares, ya que esto puede causar problemas de calidad con su comparecencia por video.

Consulte los calendarios judiciales de la corte y use el enlace que aparece para la sala de la corte en la que se lleva a cabo su audiencia.

Observadores Públicos de Procedimientos Judiciales

El tribunal invita a todos los miembros del público a observar todos los procedimientos judiciales no confidenciales. Los miembros del público que no sean partes en un caso deben presentarse en persona en el juzgado donde se escuchan los procedimientos. Excepto en las circunstancias que se describen a continuación, el público no puede asistir a los procedimientos judiciales a través de Zoom.

En caso de que un miembro del público necesite una adaptación en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades para ver un procedimiento judicial a través de tecnología remota o no pueda asistir en persona debido a una restricción de viaje, se debe realizar una solicitud para observar el procedimiento de forma remota dos días hábiles. días antes de la audiencia judicial a la Administración del Tribunal por teléfono al (707) 468-3498 o por correo electrónico a court.administration@mendocino.courts.ca.gov. Su solicitud será enviada al juez que preside la audiencia para su aprobación. Si se aprueba, deberá ingresar su nombre completo cuando inicie sesión en la reunión de Zoom y deberá mantener el audio en silencio y la cámara apagada durante el proceso. El tribunal tiene la discreción de dar por terminada su aparición en Zoom si su presencia interrumpe el proceso.

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