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Fallos provisionales

Derecho civil y moción

Antes de una audiencia de derecho civil y moción o de legalización de testamentos, la corte puede emitir una decisión provisional de conformidad con Regla de la corte de California 3.1308. A menos que una parte solicite comparecer y notifique tanto a la parte contraria como a la corte, no se celebrará ninguna audiencia y la decisión provisional se convertirá en la orden de la corte.

Regla de la corte de California 3.1308

Acceso a fallos provisionales y decisiones ex parte

La decisión de la corte con respecto a una solicitud civil o de legalización de testamentos para una decisión ex parte está disponible a la 1:30 p. m. del día de la revisión de la corte.

Los fallos provisionales están disponibles después de las 3:00 p. m. del día de la corte antes de la audiencia. Puede ver los fallos provisionales en línea.

Si no encuentra o escucha información sobre su caso particular y no ha sido informado previamente que está excusado del calendario judicial, se requiere una comparecencia.

Informar a la oficina del secretario sobre la comparecencia

Una parte que desee comparecer para presentar argumentos orales debe informar a la parte contraria y a la corte por correo electrónico, a más tardar a las 4:00 p. m. del día de la corte antes de la audiencia.

Correo electrónico: tr@mendocino.courts.ca.gov

Si no notifica a la parte contraria y a la corte antes de las 4:00 p. m. del día de la corte antes de la audiencia, no se llevará a cabo ninguna audiencia.

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